Seguro de responsabilidad de auto

La Asociación cuenta con un Seguro de Responsabilidad Pública de Automóvil, creado en alianza con la Cooperativa de Seguros Múltiples de Puerto Rico, para el beneficio de los socios y su unidad familiar.

La póliza ofrece una cubierta combinada de responsabilidad civil por lesiones corporales y daños a la propiedad, con ciertos pagos suplementarios y beneficios adicionales iguales a los beneficios no médicos provistos por la Administración de Compensaciones por Accidentes de Automóviles (ACAA), por lo que cubre mucho más que el Seguro de Responsabilidad Obligatorio (SRO).

Las personas elegibles para adquirir este seguro son:

  • Socios, empleados y exempleados pensionados de AEELA que posean licencia de conducir vigente.
  • Cónyuge designado por el socio como asegurado nombrado y que posea licencia de conducir vigente.
  • Miembros de la unidad familiar (incluidos hijos adoptivos del socio) que residan en el mismo hogar y posean licencia de conducir vigente.

Los vehículos elegibles para esta póliza son:

  • Automóvil privado de pasajeros o camioneta (“pick-up” o “van”).
  • Arrastre o remolque registrado en el Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) con capacidad de carga de dos toneladas o menos diseñado para ser enganchado al vehículo asegurado.

El vehículo debe estar registrado a nombre de una persona elegible bajo esta póliza.

La póliza tendrá validez en:

  • Puerto Rico
  • Estados Unidos de América, sus territorios o posesiones
  • Canadá

Los beneficios no médicos de la ACAA no se ofrecerán si el accidente ocurre fuera del territorio de Puerto Rico.

Los beneficios adicionales que ofrece este seguro de responsabilidad pública, que no ofrece el SRO, son:

  1. Dependiendo de la cantidad de cubierta seleccionada, tendrá un límite de $5,000 hasta $25,000 para cubrir los gastos de responsabilidad pública (cualquier cosa impactada por el auto asegurado). El SRO solo cubre el vehículo impactado.
  2. Beneficios No Médicos de la ACAA: beneficios por incapacidad, muerte, funeral y desmembramiento o pérdida de visión a los que tenga derecho el asegurado, sus dependientes o los ocupantes de su vehículo al amparo de la Ley de Protección Social para Víctimas de Accidentes de Automóviles.
  3. Automóvil sustituto: La póliza cubrirá accidentes ocurridos al manejar cualquier vehículo no poseído por el asegurado mientras sea utilizado como sustituto temporero de un automóvil que haya sido retirado de su uso normal a causa de averías, reparación, servicio, pérdida, daño o destrucción.

Para preguntas o adquirir el seguro:
Departamento de Seguros de AEELA
787-641-2021, extensiones 1674, 1127 y 1612
787-641-4438

seguroauto@aeela.com

Para reclamaciones de algún accidente de auto:

Logo Seguros Múltiples
939-206-5417